Cabecera Tramitación

Documentación justificativa

Efectuadas las inversiones o realizados los gastos de la mejora o actividad subvencionada, el beneficiario comunicará su terminación a la Gerencia del Grupo y facilitará la documentación correspondiente en un plazo no superior a 3 meses desde su finalización.

No podrá realizarse el pago cuando el beneficiario no se encuentre al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

La documentación a presentar será:

  • Transferencia Bancaria
  • Fotocopia del cheque bancario junto con el extracto de la cuenta donde aparezca el cargo por importe del mismo.
  • Cuando alguna cantidad se pague en metálico, se comprobará en la contabilidad de la empresa que ha existido una disminución patrimonial equivalente a dicho pago y la factura incluirá la expresión “Recibí en metálico”. En ningún caso se admitirán justificantes de pago en metálico superior a 600 euros por proyecto.