C) ÁMBITO DE PROGRAMACIÓN: 2.2, 4.2, 6.1, 6.2, 8.1, 8.2 Y 9.1
Gasto público proyectos no productivos: 249.480,00€
C.1. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD
- Inversión mínima:
- Proyectos de inversión en Proyectos No Productivos: 6.000€
- Proyectos No productivos (formación): 1.300€
C.2. CRITERIOS DE SELECCION:
(Máximo 100 puntos – Mínimo 25 puntos)
1.- Creación o mantenimiento de empleo (Max. 20):
- Que el proyecto cree nuevos puestos de trabajo (máx. 30 puntos):
- A tiempo completo 20 puntos
- Contrato hasta jornada completa: 15 puntos
- Mantenimiento de empleo 10 puntos
2.- Localización de la inversión y/ o realización de la actividad: Según la población de derecho que figura en la aprobación de EDLL:
- Municipio con población < 100 habitantes 20 puntos
- Municipio con población entre 100 y 500 habitantes 17 puntos
- Municipio con población > 500 habitantes 12 puntos
3.- Características del beneficiario (máx. 20 puntos):
- Asociaciones, entidades privadas 15 puntos
- Entidades públicas 10 puntos
- Grupo Acción Local 5 puntos
4.- El proyecto aporta valor añadido (Max. 45 puntos):
- Innovación comarcal 20 puntos
- Innovación local 10 puntos
- Mejora la accesibilidad a las tecnologías de la información y comunicación 10 puntos
- Producción de energías renovables para autoconsumo 15 puntos
- Promueve la eficiencia energética 10 puntos
- Promueve la sostenibilidad medioambiental y su conservación 10 puntos
- Promueve la puesta en valor de los recursos endógenos 10 puntos
- Promueve la calidad en el empleo 20 puntos
- Promueve la inclusión social y lucha contra la pobreza y cualquier discriminación 10 puntos
- Acceso a la información de los recursos de la comarca y al servicio de internet 5 puntos
- Integración de los elementos del patrimonio con la creación de actividad económica 10 puntos
- Cubre una necesidad social 10 puntos
- Promueve la conciliación de la vida familiar y laboral 10 puntos
- Promueve mejoras sanitarias o educativas para la población 10 puntos
- Formación en materia de empleo, creación de empresas 10 puntos
- Formación sobre sectores estratégicos (agroalimentario o forestal) 15 puntos
- Formación en otros sectores 5 puntos
- Ámbito supramunicipal 10 puntos
- Establece sinergias entre distintos sectores 15 puntos
- Promueve la valorización de los recursos patrimoniales, arquitectónicos y culturales 5 puntos
- Crea condiciones favorables para la creación de empleo 5 puntos
- Responde a un plan de mejora no de forma aislada o participe de forma activa en algún proyecto de cooperación 5 puntos
- Incluye medidas que favorezcan el reciclaje 5 puntos
- Entidad que ha recibido ayuda parcialmente o ninguna con anterioridad 2 puntos
En caso de empate se establece un criterio de prelación en función del mayor incremento neto de empleo, ámbito comarcal, localización de la inversión en municipios menores de 100, 500 ó más de 500 habitantes, y en último caso la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
Se excluye cualquier tipo de inversión realizada en cementerios, viviendas de turismo rural en municipios en los que ya existan, …
Si el proyecto conlleva obra civil será necesario que sea acorde con los elementos arquitectónicos tradicionales y/o utilización de factores productivos de la zona.
Si un promotor renuncia a la ayuda concedida sin causa justificada, en futuras solicitudes tendrá una penalización de 10 puntos.
C.3. CRITERIOS DE INTENSIDAD DE LA AYUDA:
Para el cálculo de la subvención, se establece un porcentaje mínimo de subvención (75%), al que se sumará un porcentaje extra en función de los criterios contemplados en el apartado anterior y según el siguiente desglose:
(Mínimo 75% y máximo 80%).
1.- Creación o mantenimiento de empleo (máx. 2%)
- Que el proyecto cree nuevos puestos de trabajo:
- A tiempo completo 2%
- Contrato hasta jornada completa 1%
- Mantenimiento de empleo 1%
2.-Localización de la inversión y/o realización de la actividad:
- Municipio con población < 100 habitantes 4%
- Municipio con población entre 100 y 500 habitantes 3%
- Municipio con población > 501 habitantes 2%
3.- Características del beneficiario:
- Asociaciones, entidades privadas 3%
- Entidades públicas 2%
- Grupo Acción Local 1%
4.-El proyecto aporta valor añadido (máx. 6%):
- Innovación comarcal 3%
- Innovación local 2%
- Mejora la accesibilidad a las tecnologías de la información y comunicación 2%
- Producción de energías renovables para autoconsumo 2%
- Promueve la eficiencia energética 1%
- Promueve la sostenibilidad medioambiental y su conservación 2%
- Promueve la puesta en valor de los recursos endógenos 2%
- Promueve la calidad en el empleo 2%
- Promueve la inclusión social y lucha contra la pobreza y cualquier discriminación 2%
- Acceso a la información de los recursos de la comarca y al servicio de Internet 1%
- Integración de los elementos del patrimonio con la creación de actividad económica 2%
- Cubre una necesidad social 2%
- Promueve la conciliación de la vida familiar y laboral 2%
- Promueve mejoras sanitarias o educativas para la población 2%
- Formación en materia de empleo, creación de empresas 2%
- Formación sobre sectores estratégicos (agroalimentario o forestal) 2%
- Formación en otros sectores 1%
- Ámbito Supra-municipal 2%
- Establece sinergias entre distintos sectores 2%
- Promueve la valorización de los recursos patrimoniales, arquitectónicos y culturales 1%
- Crea condiciones favorables para la creación de empleo 1%
- Responde a un plan de mejora no de forma aislada o participa de forma activa en algún proyecto de cooperación 1%
- Incluye medidas que favorezcan el reciclaje 1%
- Entidad que ha recibido ayuda parcialmente o ninguna con anterioridad 1%
Para los proyectos no productivos, se establece un máximo de ayuda por promotor del 25% asignado a cada tramo de la convocatoria.
En cada proceso de selección se destinará un 10% del presupuesto de los proyectos no productivos a proyectos del ámbito de programación 8.2. En caso de que no existan solicitudes de ayuda en otros ámbitos de programación, en el último proceso de selección de la anualidad se podrá aumentar este presupuesto. Si con las solicitudes de ayuda de este ámbito no se cubre el porcentaje reservado del presupuesto, en el último proceso de selección de la anualidad se destinará al resto de ámbitos no productivos.
El límite máximo de ayudas por beneficiario en dos convocatorias consecutivas no será superior a 60.000€, condicionados a disponibilidad presupuestaria y exceptuando las ayudas concedidas en el ámbito de programación 8.2.
Se establece para todos los proyectos que reciban ayuda LEADER la obligación de colocar un cartel o placa identificativa.