Requisitos para ser beneficiario
- Podrán ser personas beneficiarias las entidades públicas locales y las entidades sin ánimo de lucro. En el caso de las entidades sin ánimo de lucro participadas por entes locales, el objeto social de sus estatutos deberá incluir el fin para el que se pide la ayuda.
- Cuando la persona beneficiaria sea una entidad local, esta deberá acreditar estar al día de la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y haber presentado los planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores. Asimismo, deberá elaborar un plan de racionalización del gasto corriente.
- Personas beneficiarias de la formación, deberán ser las entidades, empresas o personas físicas que, desempeñando alguna actividad recogida en la respectiva EDLL, sean receptoras de la formación y reúnan los requisitos establecidos en Manual de procedimiento.