B) ÁMBITO DE PROGRAMACIÓN: 2.1, 3 y 4.1:

B.1. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD

  • Inversión mínima: 6.000
    • En caso de que exista una Asociación de carácter comarcal que aglutine al sector del que se solicita la ayuda, los promotores deberán estar dados de alta en la citada Asociación en el momento de la solicitud de pago.
    • En inversiones del sector turístico será necesario vayan dirigidas a cumplir alguno de los siguientes ítems:
      • Incremento de categoría
      • Incluir medidas que mejoren las exigidas por la normativa en materia de accesibilidad.
      • Oferta de actividades turísticas complementarias
      • Acceso de los clientes a información de los recursos de la comarca y al servicio de internet.

B.2. CRITERIOS DE SELECCIÓN (Máximo 100 puntos – Mínimo 30 puntos):

1.- Creación o mantenimiento de empleo (máx. 30 puntos):

a) Que el proyecto cree nuevos puestos de trabajo: máx. 30 puntos

  • Autoempleo o contrato a tiempo completo: máx. 30 puntos
    • De mujeres o jóvenes < 40 años     20 puntos
    • En riesgo de exclusión social/con formación en el sector     15 puntos
    • Otros      5 puntos

En caso de crear más de un contrato a tiempo completo se sumarán 10 puntos

  • Ampliación de jornada como mínimo un 33% de jornada completa o un nuevo contrato con un mínimo del 33% de la jornada completa (máx. 15 puntos):
    • De mujeres o jóvenes < 40 años     15 puntos
    • En riesgo de exclusión social     10 puntos
    • Con formación en el sector     5 puntos
    • Otros     5 puntos

b) Mantenimiento de empleo 10 puntos

2.- Características del beneficiario (máx. 20 puntos)

  • Autónomos:
    • Mujer   15 puntos
    • Joven < 40 años   15 puntos
    • En riesgo de exclusión social   10 puntos
    • Con formación en el sector   5 puntos
    • Otros   10 puntos
  • Empresas con participación significativa de al menos el 50% con características anteriores    10 puntos

3.- Localización de la inversión (máx. 15 puntos). Según la población de derecho que figura en la aprobación de la EDLL.

  • Municipio con población < 100 habitantes   15 puntos
  • Municipio con población entre 100 y 500 habitantes   10 puntos
  • Municipio con población > 500 habitantes   5 puntos

4.- Modalidad de la  inversión (máx. 10 puntos):

  • Creación/primer establecimiento   10 puntos
  • Ampliación/modernización o traslado   5 puntos

En ambos casos, si el proyecto conlleva obra civil será necesario que sea acorde con elementos arquitectónicos tradicionales y/o utilización de factores productivos de la zona.

5.- El proyecto aporta valor añadido (máx.  25 puntos):

  • Crea o mejora de la competitividad agroalimentaria o forestal   15 puntos
  • Producción de energías renovables para autoconsumo   15 puntos
  • Promueve la eficiencia energética de empresas   15 puntos
  • Innovación empresarial   10 puntos
  • Diversificación de la actividad con alta nuevo IAE   10 puntos
  • Creación de nueva actividad o servicio en la empresa sin alta en IAE   5 puntos
  • Crea o mejora de la competitividad en sectores que no sean agroalimentario /o forestal   10 puntos
  • Implanta tecnología nueva en la empresa   10 puntos
  • Mejora tecnología existente en la empresa   5 puntos
  • Inversión que responda a un plan de mejora no de forma aislada o participe de forma activa en algún proyecto de cooperación del Grupo   5 puntos
  • Valorización de los recursos del territorio (materias primas)   10 puntos
  • Incide en el empleo indirecto del territorio   5 puntos
  • Proyectos relacionados con servicios destinados a la población local   5 puntos
  • Proyectos que conllevan relevo generacional o facilitan la sucesión de negocio familiar   10 puntos

En caso de empate se establece un criterio de prelación en función del mayor incremento neto de empleo, localización de la inversión en municipios menores de 100, 400 ó más de 400 habitantes y en último caso la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

B.3 CRITERIOS DE INTENSIDAD

(Mínimo 25% -máximo 35% – 40% según bases reguladoras):

Para el cálculo de la subvención, se establece un porcentaje mínimo de subvención (25%), al que se sumará un porcentaje extra en función de los criterios contemplados.

1.- Creación o mantenimiento de empleo (máx. 5%):

a) Que el proyecto cree nuevos puestos de trabajo:

  • Autoempleo o contrato a tiempo completo:
    • De mujeres o jóvenes < 40 años   3%
    • En riesgo de exclusión social/ con formación en el sector   2%
    • Otros   1%

En caso de crear más de un contrato a tiempo completo se sumará 2%

  • Creación o ampliación contrato mínimo un 33% de la jornada completa:
    • De mujeres o jóvenes < 40 años   2%
    • Con formación en el sector   1%
    • En riesgo de exclusión social   1%
    • Otros   1%

b) Mantenimiento de empleo 1%

 

2.- Características del beneficiario (máx. 4%)

  • Autónomos:
    • Mujer   2%
    • Joven < 40 años   2%
    • Con formación en el sector   1%
    • Personas en riesgo de exclusión   1%
    • Otros   1%
  • Empresas con participación significativa con características anteriores 2%

3.-  Localización de la inversión:

  • – Municipio con población < 100 habitantes   3%
  • – Municipio con población entre 100 y 400 habitantes   2 %
  • – Municipio con población > 400 habitantes   1%

4.- Modalidad de la inversión:

  • Creación/primer establecimiento   2%
  • Ampliación/modernización o traslado   1%

5.- El proyecto aporta valor añadido (máx. 6%):

  • Crea o mejora de la competitividad agroalimentaria o forestal   2%
  • Producción de energías renovables para autoconsumo   2%
  • Promueve la eficiencia energética de empresas   1%
  • Innovación empresarial   1%
  • Diversificación de la actividad con alta nuevo IAE   1%
  • Creación de nueva actividad o servicio en la empresa sin alta en IAE   1%
  • Crea o mejora de la competitividad en sectores que no sean agroalimentario y/o forestal   1%
  • Implanta tecnología nueva en la empresa   2%
  • Mejora tecnología existente en la empresa   1%
  • Inversión que responda a un plan de mejora no de forma aislada o participe de forma activa en algún proyecto de cooperación del Grupo   1%
  • Valorización de los recursos del territorio (materias primas)   2%
  • Incide en el empleo indirecto del territorio   1%
  • Proyectos relacionados con servicios destinados a la población local   1%
  • Proyectos que conllevan relevo generacional o facilitan la sucesión de negocio familiar   2%

Se establece para todos los proyectos que reciban ayuda LEADER la obligación de colocar un cartel o placa identificativa.