Se presentará la Solicitud de pago junto con una documentación común a todos los expedientes de formación y otra referida a personal docente, coordinación y colaboradores, que varía en función de que el beneficiario sea el ejecutor de la actividad o recurra a terceros para la ejecución de la actividad.
DOCUMENTACIÓN COMÚN
Memoria final de la actividad, firmada por el coordinador de la misma y el representante de la entidad. Figurarán: los datos generales de la actividad (título, tipo de actividad, lugar y fecha de celebración, horario y número de horas lectivas), cronograma detallado, valoración final de la acción y certificación de gastos. Formulario 1.
Relación de asistentes en la que figure: NIF, nombre y apellidos, sexo, edad, domicilio, localidad, teléfono de contacto y correo electrónico. Formulario 2.
Relación de docentes y colaboradores: NIF, nombre y apellidos, domicilio, localidad, teléfono de contacto y correo electrónico. Formulario 3.
Muestra del material didáctico entregado a los alumnos y material divulgativo (cartel, tríptico…).
Póliza del seguro suscrito para la actividad, en su caso.
Documentación acreditativa del control de asistencia de los participantes. Formulario 4.
- Las faltas de asistencia no podrán superar el 20% de la duración total de la actividad. La asistencia se justificará con la hoja de firmas que se diligenciará en cada sesión.
- NO se admitirán firmas claramente distintas, ni las realizadas a lápiz. Este documento no puede tener correcciones ni enmiendas o tachaduras. Cualquier observación figurará anotada a bolígrafo en el dorso del documento e irá firmada por el coordinador.
- Cuando se trate de un acto con un gran número de asistentes en el que resulte imposible el control de la asistencia mediante una hoja de firmas, el coordinador de la actividad deberá indicar las características generales de los asistentes y número aproximado, especificando total de hombres y de mujeres.
Documentación de evaluación de la actividad de los participantes. Formulario 5.
Pruebas de evaluación de nivel de los conocimientos adquiridos, si procede.
Relación de facturas del material y otros gastos, a nombre de la entidad que solicita la ayuda o del prestador del servicio, en su caso. (Anexo del Modelo 18. Listado de facturas).
DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA SOBRE PERSONAL
En función de que el beneficiario sea el ejecutor de la actividad o recurra a terceros para impartir la formación:
a. El beneficiario es el ejecutor de la actividad formativa
1- Personal por cuenta ajena:
- Para cada trabajador (docentes, colaboradores, personal administrativo…) que participe en la actividad objeto de subvención, se justificará la categoría, actividad realizada y la cantidad de la nómina que se imputa a dicha actividad. Formulario 6.
- Relación de nóminas en la que figure, para cada una de ellas: nombre del trabajador y periodo al que corresponden, horas trabajadas, categoría laboral y el coste de empresa. Formulario 7.
- Fotocopias de las nóminas y sus correspondientes justificantes de pago.
- Fotocopia del contrato de trabajo.
- Fotocopia compulsada de los boletines de cotización a la Seguridad Social (TC1 y TC2), IRPF y justificación de su pago.
Si el formador ha sido contratado exclusivamente para la impartición del curso, podrá imputarse el 100 por cien de los costes salariales, cuando en el objeto del contrato de trabajo conste que es para la impartición de la acción formativa de que se trate.
Si el formador no ha sido contratado exclusivamente para la realización de una acción formativa, la cantidad a imputar será proporcional al número de horas efectivamente trabajadas por el trabajador, sea en concepto de impartición directa o en conceptos de gastos de preparación, tutoría y/o evaluación de los alumnos.
El coste bruto por hora a imputar se calculará con la siguiente fórmula:
Masa salarial anual del formador
Coste hora formador = ————————————————————————
Número de horas anuales según convenio o contrato
Coste a imputar: Nº de horas impartidas x coste/hora formador. Distinguiendo en el Anexo de Memoria Económica de forma separada el precio hora nómina y precio hora Seguridad Social.
La masa salarial anual del formador que se utilizará para el cálculo del coste hora, será la que corresponda al año anterior a la fecha de finalización de la acción formativa y presentada en el modelo de certificado de haberes individual por formador.
En la masa salarial se incluyen la retribución anual (total devengado en las nóminas y las pagas extras pagadas), más el coste de Seguridad Social a cargo de la empresa y las aportaciones a planes de pensiones.
2- Personal de la entidad beneficiaria que no cotiza por cuenta ajena:
Se presentarán facturas acompañadas de documentos o extractos bancarios que prueben el pago y documentos justificativos del pago.
Los formadores que sean beneficiarios o administradores titulares de centros de formación que desempeñen una actividad profesional remunerada para su sociedad deberán cobrar por factura y no por nómina, siempre y cuando su cotización se efectúe en el régimen de autónomos o en una mutualidad que actúe como alternativa al régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA).
Se justificará con la siguiente documentación:
- Fotocopia compulsada de la factura o facturas en la que deberá especificarse la denominación del curso, nº de expediente, horas impartidas, coste hora, el importe total y la retención efectuada.
- Documentos o extractos bancarios que prueben el pago y documento justificativo del pago de las facturas.
Se deberá cumplir en la facturación de las horas el límite máximo establecido en la Orden AAA/746/2016, no siendo subvencionable el exceso.
3- Contratación de un profesional por cuenta propia:
La contratación de un profesional individual se formalizará con el correspondiente contrato de arrendamiento de servicio, por escrito, entre el proveedor del servicio y el cliente receptor del mismo. En el contrato se especificará, al menos:
- Número de expediente, denominación y horas del curso.
- Precio/hora o retribución.
- Nombre y apellidos del formador y horas que imparte.
- Referencia a la calidad, eficacia e idoneidad que como profesional tenga reconocida y acreditada en el ámbito de la docencia de la especialidad a impartir.
- Entrada en vigor y fecha de finalización del contrato.
- Lugar de impartición.
Este contrato se aportará obligatoriamente junto con las facturas, o en su caso, nota de gastos, debidamente firmadas y selladas, así como el justificante de estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social en el momento de la firma del contrato de arrendamientos de servicios.
JUSTIFICACIÓN:
Autónomos y profesionales.
- Fotocopia compulsada de la factura en la que deberá especificarse la denominación del curso, nº de expediente, horas impartidas, coste hora, el importe total, la retención efectuada.
- Justificante de pago.
- Justificante de estar al corriente al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social en el momento de la firma del contrato de arrendamiento del servicio externo docente.
No se puede imputar costes de Seguridad Social de los trabajadores autónomos.
Personal al servicio de las Administraciones Públicas.
- Nota de gasto con la correspondiente retención y Declaración Jurada de que cumplen con la Ley de Incompatibilidades o fotocopia de la autorización de compatibilidad.
- Justificante de pago.
Los precios facturados deberán ajustarse a la Orden AAA/746/2016, considerando las siguientes excepciones:
- Impartición de clases. Por hora lectiva tanto teórica como de prácticas: máximo 80 euros.
- No se considera el gasto máximo por alumno de 14 euros por alumno y hora lectiva, ni el de 9 euros por alumno/hora de enseñanza.
- Gastos de coordinación: se establece un tope de 20% del gasto de impartición de clase, con los máximos establecidos en la orden.
NO se considerará subcontratación cuando el beneficiario proceda a la contratación de un profesional individual por cuenta propia para la impartición de la actividad formativa
b. El beneficiario recurre a terceros para la ejecución de la actividad formativa
La contratación de un centro de formación se formalizará con el correspondiente contrato de arrendamiento de servicio, por escrito, entre el proveedor del servicio y el cliente receptor del mismo. En el contrato se especificará, al menos:
- Número de expediente, denominación y horas del curso.
- Precio/hora o retribución.
- Nombre y apellidos del formador y horas que imparte.
- Referencia a la calidad, eficacia e idoneidad que como profesional tenga reconocida y acreditada en el ámbito de la docencia de la especialidad a impartir.
- Entrada en vigor y fecha de finalización del contrato.
- Fecha, hora y lugar de impartición.
Para la justificación se presentará:
- Contrato de arrendamiento de servicios.
- Facturas, o en su caso, notas de gastos, debidamente firmadas y selladas.
- Justificante de pago.
- Justificante de estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social en el momento de la firma del contrato de arrendamiento de servicios.
Los precios facturados deberán ajustarse a la Orden AAA/746/2016, considerando las siguientes excepciones:
- Impartición de clases. Por hora lectiva tanto teórica como de prácticas: máximo 80 euros.
- No se considera el gasto máximo por alumno de 14 euros por alumno y hora lectiva, ni el de 9 euros por alumno/hora de enseñanza.
- Gastos de coordinación: se establece un tope de 20% del gasto de impartición de clase, con los máximos establecidos en la orden.